domingo, 19 de agosto de 2007

Contrato de Arrendamiento

Contrato de Arrendamiento

Es una convención por la cual una de las partes contratantes se obliga a ofrecer a otra el disfrute de una cosa mueble o inmueble, por cierto tiempo y mediante un precio.

El arrendador es la persona que se obliga a ceder el bien mueble o inmueble. Tiene la obligación de entregar en buenas condiciones al arrendatario la cosa o bien que se va a traspasar.

El arrendatario es la persona que goza de ese bien pero que queda comprometido a pagar un precio determinado. El tiene el deber y la responsabilidad de proteger y entregar la cosa como la recibió para el momento en que se culmine el contrato.

El subarrendamiento se produce cuando existen dos contratos sucesivos, es decir, que el arrendatario alquila a otra persona y se produce otro contrato a parte del que posee él.

Ejemplo: cuando una persona alquila una cosa y la quiere conservar, debe especificar en una de las clausulas del contrato que prohíbe el subarrendamiento.

Uno de los requisitos fundamentales del contrato de arrendamiento es que sea por escrito y una de las causas por la cual se puede dar por terminado el contrato de arrendamiento es la falta de pago.

Nota especial: el hecho de que una casa este bajo una hipoteca, no es impedimento alguno para que se pueda arrendar.

Leasing o arrendamiento financiero, es el contrato por el cual el arrendatario se obliga a pagar ciertas cantidades de dinero al arrendador y este último se compromete a poner en disposición del arrendatario un material conforme a las indicaciones y deseos de éste. Las personas que intervienen son el proveedor, el arrendador y el arrendatario.

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