domingo, 19 de agosto de 2007

Cámara de Comercio

La Cámara de Comercio

Es un organismo gremial con carácter asociativo mediante el cual los comerciantes defienden y proyectan sus derechos e intereses ante instituciones públicas o privadas.

Los requisitos para constituirla son los siguientes:

1.No debe existir ninguna Cámara de Comercio en el lugar donde se va a constituir, es decir, que exista una sola por Estado.
2.La reunión no debe ser menor de diez comerciantes al por mayor, jefes de establecimientos industriales, capitanes de buque, corredores y venduteros con carácter público y sin impedimento legal.

Al ser registrada el acta constitutiva, esta adquiere personalidad jurídica y por consiguiente asumirá derechos y obligaciones.

Su objeto es la proyección a la actividad comercial de cada uno de los comerciantes sea persona natural o jurídica, para procurar el libre desenvolvimiento de la economía del mercado.

La Cámara de Comercio debe ser valorada y considerada como una institución de gran importancia para la colectividad en general, debido a que se encuentra compenetrada con el desarrollo económico y social de la región.

Sus atribuciones o facultades estarán regidas por el Código de Comercio y las que enuncien su respectivo reglamento, en cuanto no sea lo contrario a las leyes.

FEDECAMARAS (Federación de Cámaras de Comercio en Venezuela).

Se constituyo el 17 de julio de 1944, mediante la reunión de los actores de las diversas Cámaras y asociaciones del país.

Su objetivo es velar por el bienestar de todos sus asociados, buscar una estabilidad económica entre ellos e impulsar a una iniciativa de cooperación.

No hay comentarios: