La Cámara de Comercio
Es un organismo gremial con carácter asociativo mediante el cual los comerciantes defienden y proyectan sus derechos e intereses ante instituciones públicas o privadas.
Los requisitos para constituirla son los siguientes:
1.No debe existir ninguna Cámara de Comercio en el lugar donde se va a constituir, es decir, que exista una sola por Estado.
2.La reunión no debe ser menor de diez comerciantes al por mayor, jefes de establecimientos industriales, capitanes de buque, corredores y venduteros con carácter público y sin impedimento legal.
Al ser registrada el acta constitutiva, esta adquiere personalidad jurídica y por consiguiente asumirá derechos y obligaciones.
Su objeto es la proyección a la actividad comercial de cada uno de los comerciantes sea persona natural o jurídica, para procurar el libre desenvolvimiento de la economía del mercado.
La Cámara de Comercio debe ser valorada y considerada como una institución de gran importancia para la colectividad en general, debido a que se encuentra compenetrada con el desarrollo económico y social de la región.
Sus atribuciones o facultades estarán regidas por el Código de Comercio y las que enuncien su respectivo reglamento, en cuanto no sea lo contrario a las leyes.
FEDECAMARAS (Federación de Cámaras de Comercio en Venezuela).
Se constituyo el 17 de julio de 1944, mediante la reunión de los actores de las diversas Cámaras y asociaciones del país.
Su objetivo es velar por el bienestar de todos sus asociados, buscar una estabilidad económica entre ellos e impulsar a una iniciativa de cooperación.
Es un organismo gremial con carácter asociativo mediante el cual los comerciantes defienden y proyectan sus derechos e intereses ante instituciones públicas o privadas.
Los requisitos para constituirla son los siguientes:
1.No debe existir ninguna Cámara de Comercio en el lugar donde se va a constituir, es decir, que exista una sola por Estado.
2.La reunión no debe ser menor de diez comerciantes al por mayor, jefes de establecimientos industriales, capitanes de buque, corredores y venduteros con carácter público y sin impedimento legal.
Al ser registrada el acta constitutiva, esta adquiere personalidad jurídica y por consiguiente asumirá derechos y obligaciones.
Su objeto es la proyección a la actividad comercial de cada uno de los comerciantes sea persona natural o jurídica, para procurar el libre desenvolvimiento de la economía del mercado.
La Cámara de Comercio debe ser valorada y considerada como una institución de gran importancia para la colectividad en general, debido a que se encuentra compenetrada con el desarrollo económico y social de la región.
Sus atribuciones o facultades estarán regidas por el Código de Comercio y las que enuncien su respectivo reglamento, en cuanto no sea lo contrario a las leyes.
FEDECAMARAS (Federación de Cámaras de Comercio en Venezuela).
Se constituyo el 17 de julio de 1944, mediante la reunión de los actores de las diversas Cámaras y asociaciones del país.
Su objetivo es velar por el bienestar de todos sus asociados, buscar una estabilidad económica entre ellos e impulsar a una iniciativa de cooperación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario